NO AL GRAN DORADO …En el valle de reserva natural Valle El Cóndor LEY 8770

Porque el futuro en el Sur de Punilla está en juego, tomate 5 minutos para informarte y entender:

Por qué decimos NO al Gran Dorado de Gama S.A. en San Antonio de Arredondo, Córdoba.

 

  • Porque para construir un mega country destruirán buena parte del último bosque nativo en buen estado de San Antonio
  • Porque el bosque nativo brinda servicios ambientales esenciales: funciona como “tanque de agua”, promoviendo la infiltración de la lluvia en el suelo, evitando inundaciones y haciendo que ésta se drene en los ríos y arroyos para que esté disponible en épocas de sequía. Protege el suelo de la erosión (un suelo erosionado incrementa la presencia de polvo en el aire y puede llevar a tormentas de tierra, con las consecuentes enfermedades).
  • Porque el escaso bosque nativo alberga una diversa flora y fauna silvestre en peligro de extinción y/o de interés económico. y ello conforma un ecosistema y corredor biológico que si se modifica desaparece. Se rompería ese corredor si tenemos en cuenta, que en Carlos Paz, las sierras fueron declaradas “Areas Protegidas intangibles”, e incluso para la propuesta del IPLAN (Instituto de Planificacion) mediante Ley 10004 las asimiló a zona roja de la ley de bosques. Además no se cumpliría con la coherencia entre categorías de conservación entre las jurisdicciones que compartan eco-regiones, tal como prevé el art 6 de la ley Nacional de Bosques 26.331-
  • Porque el bosque mantiene la belleza paisajística natural y cultural necesaria para el bienestar humano y la industria turística de nuestra zona.
  • Porque emprendimientos como El Gran Dorado no solucionan los problemas habitacionales, laborales y sociales de San Antonio y todo Punilla Sur, por el contrario, empeoran la prestación de los ya deficientes servicios públicos y promueven la exclusión social, al privatizar más zonas urbanas. En el estudio de Impacto Ambiental propuesto por la empresa, al contemplar los aspectos socio económicos, hablan de la mano de obra inicial del emprendimiento, y de la conformación demográfica de la población de San Antonio, sin  mencionar aspectos vinculados a la sociedad de la zona (economía, educación, empleo, salud, etc.). En este punto sería deseable contar con un estudio sociológico que comprenda además de las variables mencionadas, referencias a aspectos culturales.
  • Porque ya hay graves problemas de abastecimiento de agua para toda la población, en especial en los meses de sequía cuando el río es un hilo de agua, afectando nuestra calidad de vida y los servicios turísticos. Hay experiencias de emprendimientos inmobiliarios de otros lugares (Pueblo Nativo en Villa Giardino-Carlos Paz Golf) que dejan sin agua a gran parte de la población o secaron un arroyo- Alegan cubrir la demanda de agua con pozos subterráneos –cuya calidad desconocemos porque este componente físico tampoco se analiza en el EsIA- y al poco tiempo se agotan, debiendo conectarse a la red de agua corriente. En este caso, ya existe en convenio con la Coopi.
  • Porque los permisos de organismos provinciales en los que se ampara el ejecutivo municipal para avalar a Gama no tienen proyección de las consecuencias a futuro, comprometiendo los bienes comunes –podría ponerse- recursos de orden público para beneficiar a una empresa privada. Inclusive la prefactibilidad dada a la empresa fue otorgada en excepción al Código de Edificación vigente, y no genera derechos adquiridos a la empresa, -que sólo siguió un tramite administrativo ante la Secretaría de Ambiente- por lo que puede revocarse en cualquier momento.
  • Porque los cambios en el uso del suelo por desmontes o urbanizaciones en la cuenca del San Antonio arrastran con las lluvias sedimentos que aceleran la proliferación de algas en el Lago San Roque, aumentando su podredumbre.
  • Porque el tratamiento de líquidos cloacales está previsto en una planta construida en el Dorado II que no funciona o lo hace deficientemente, ya  que en innumerables ocasiones los vecinos han podido constatar como se vierten dichos efluentes del Dorado II  directamente al río. Tampoco se describe en el EsIA cómo funcionaría la capacidad de tratamiento de dicha planta, y los controles que se le podrían haber hecho. Se reconoce expresamente que se volcarán líquidos “previamente tratados” al río mediante zanjas de infiltración.
  • Porque el pedido de factibilidad para el Gran Dorado fue ingresado por la intendencia al Concejo Deliberante cinco meses después de que Gama iniciara las obras, la comercialización y la destrucción del bosque, sin que la municipalidad frenara el desmonte o pusiera multas por el gran cartel que viola las normativas del mismo municipio a esa fecha, actuando con omisión y permisividad, constituyendo esto un fraude a los vecinos de San Antonio.
  • Porque el informe de Ambiente y de Catastro y Obras Privadas del municipio que avala al Gran Dorado, de escasos renglones y hecho a mano, carece de observaciones técnicas y de profesionalidad, preocupándose únicamente por el cobro de cánones.
  • Porque la factibilidad de energía eléctrica otorgada está sujeta a obras inconclusas y a la concreción de la polémica planta de EPEC junto a Sol y Río, sospechada de contaminación electromagnética. Y construida en terrenos que, especulativamente, “donó” la empresa Gama. Esta irregularidad fue denunciada en octubre de 2012 al Fiscal Anticorrupción de la ciudad de Córdoba, de Primera Nominación, quien imputó y pidió la elevación a juicio del funcionario Raúl Costa por autorizar dicha planta transformadora en el predio donado por GAMA.
  • porque además, en la denuncia que dio origen a la causa: “Expediente: 1093600 – BOCCO, FEDERICO LUIS – COSTA, RAUL OMAR – CAUSA-CON IMPUTADOS”, se pide la elevación a juicio de los ex funcionarios de ambiente (Bocco y Costa) por autorizar los emprendimientos El Dorado III y Dorado II respectivamente, lo que constituiría el delito previsto en el art 248 CP de ABUSO DE AUTORIDAD.
  • Porque la empresa Gama afectará 56 hectáreas de bosque, ofreciendo a cambio la reforestación de 8 hectáreas de espacios públicos con árboles, de los que luego deberá ocuparse el municipio con sus recursos (o sea, nuestros impuestos). Y con el pleno conocimiento de que no puede trasladarse un ecosistema, el bosque ya no cumple los servicios ambientales.
  • Porque pronto San Antonio será el primer municipio de Punilla Sur sin corredores de bosque, pero tendrá, con su precaria red de servicios, la misma cantidad de countries que la ciudad de Rosario. O tal vez más.
  • Porque se violarían las leyes de reserva provinciales: ley 6964 de Áreas Protegidas de la Provincia; Ley 8770 que crea la Reserva Valle del Cóndor; ley 8066 de Bosques y 9814 de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo; sin perjuicio de las normas ambientales nacionales y Articulo 41 de la Constitución Nacional. Porque el mapa de la Reserva difundido por el municipio no se adecua al texto de la ley y habría sido manipulado para poner terrenos a disposición de las empresas mega inmobiliarias, acto denunciado penalmente ante el fiscal anticorrupción por la ONG ADARSA; quien también así lo ha entendido al tipificar la supuesta comisión del delito.
  • Porque algunos funcionarios defienden públicamente este tipo de emprendimientos como si se tratara de obras públicas, sin poder explicar qué le aportan a la comunidad, cuidando en el negocio multimillonario de un puñado de empresas que no traen ningún tipo de “progreso”.
  • Porque el voto popular no habilita a los gobiernos a hacer lo que se les cante y porque la ambición de dinero de los empresarios no puede estar por sobre las necesidades de la población y el futuro de nuestros hijos. Porque los ciudadanos no tuvimos la oportunidad de participar en el ordenamiento del territorio.